Son muchas las comunidades que ante el aumento de contagios se han sumado a la iniciativa de exigir el pasaporte COVID en algunos establecimientos para ofrecer seguridad a los asistentes o evitar reducciones de aforo en el caso de la hostelería. 

En la mayoría de los casos se permite presentar tanto el certificado de vacunación como un test PCR o antígenos con resultado negativo en las 72 horas anteriores al acceso. 

Hasta el momento solamente NO será necesario tenerlo en la Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Asturias y La Rioja. 

🔹 REGIÓN DE MURCIA: es obligatorio el certificado de vacunación o un test de antígenos o PCR en las últimas 72 horas antes de entrar en locales de OCIO NOCTURNO. Además también se podrá acceder al establecimiento si se acredita haber superado la enfermedad. 

🔹 PAÍS VASCO: se exige en locales de ocio nocturno, locales de baile y espectáculos y en restaurantes con capacidad de más de 50 personas. 

🔹NAVARRA: se exige en restaurantes de más de 60 comensales, bares, discotecas y espectáculos culturales en los que se puede consumir comida o bebida. 

🔹GALICIA: se aplica la medida en ocio nocturno, albergues al 100% de aforo, hospitales, interior de restaurantes y bares y cafeterías a partir de las 21:00. 

🔹COMUNIDAD VALENCIANA: es obligatorio el certificado o prueba diagnóstica en hostelería y restauración, ocio nocturno y actividades culturales multitudinarias. 

🔹 CATALUÑA: es obligatorio presentarlo en ocio nocturno, bares, restaurantes, gimnasios y residencias de ancianos. 

🔹CANTABRIA: se ha sumado al resto de comunidades en la exigencia de este certificado para acceder al interior de establecimientos e instalaciones cubiertas en las que se pueda consumir bebidas o comida. 

🔹CANARIAS: el gobierno aprobó el jueves pasado “premiar” con la permisión de los aforos al 100% y sin horarios a los locales de hostelería y ocio nocturno que lo exijan. 

🔹 BALEARES: desde el 3 de diciembre se extendió su uso no solo a discotecas y geriátricos, también a restaurantes de más de 50 comensales, bares de copas y salones de celebraciones. 

🔹ANDALUCÍA: se ha implantado esta medida solo en residencias y hospitales hasta el 15 de enero. 

🔹ARAGÓN: también se ha implantado hasta el próximo 8 de enero. Se deberá presentar el certificado de vacunación o un test negativo en establecimientos de ocio nocturno, en interiores con un aforo de más de 500 personas y en exteriores cuando el aforo supere los 1.000 asistentes. 

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